Club Colombia de Tampa, Inc.

Entidad sin ánimo de lucro, creada el 29 de Noviembre de 1981

 

 

ESTATUTOS

Aprobados en la Asamblea General del 09 de Diciembre de 2007)

 

 

CAPITULO I

 

 

DENOMINACION - OBJETIVOS - DISTINTIVOS - FECHAS CONMEMORATIVAS - NATURALEZA

 

 

ARTICULO 1

 

A.     DENOMINACION: El nombre oficial del club es “CLUB COLOMBIA DE TAMPA, INC.”, con el cual se identifica en todos los actos públicos y privados. Su sigla es CCT.

 

B.    SEDE: El Club Colombia de Tampa, Inc., tiene como sede territorial la llamada “Área de la Bahía de Tampa”.

 

 

ARTICULO 2

 

A.     OBJETIVOS: Los objetivos del Club Colombia de Tampa, Inc., son mantener muy en alto los postulados de Amistad, Amor y Familia, promoviendo la fraternidad y el apoyo mutuo entre los colombianos residentes en el Área de la Bahía de Tampa.

 

B.    PROPOSITOS: Los propósitos del Club son los de trabajar por y en beneficio de los socios y sus familias. Promover la cultura, el deporte, el folclore y las costumbres de nuestros ancestros, así como resaltar el idioma español. Para realizar los anteriores propósitos, el Club fomentará la creación y participación, entre los socios, familiares y amigos del Club, de grupos de teatro, exposiciones artísticas, equipos deportivos, grupos de baile y danzas, e impulsará la participación de todos en el periódico u órgano informativo de la organización.

 

 

PARAGRAFO: El Club Colombia de Tampa, Inc., puede establecer contacto e intercambios de toda índole con otras organizaciones y clubes similares en propósitos, aun cuando sean de otras comunidades. Este contacto e intercambio puede hacerse tanto a nivel local, como nacional o internacional.

 

 

ARTICULO 3

 

DISTINTIVOS: El Club Colombia de Tampa, Inc., cuenta con una bandera un escudo y un logo.

 

A.     LA BANDERA del Club consta de tres franjas horizontales de dimensiones iguales, con las siguientes especificaciones: la franja superior es de color verde y representa las hermosas esmeraldas Colombianas. La siguiente franja es de color y representa los más altos ideales de nuestra cultura. La franja inferior es de color Amarillo y representa la energía y la riqueza de Colombia. El Escudo del Club aparece estampado en el centro de la franja blanca.

 

B.    EL ESCUDO del Club es un círculo conformado por tres campos, sobre los cuales se encuentran el croquis de Colombia, dos manos entrelazadas y las letras CCT.

 

C.    EL LOGO para correspondencia y publicidad consta de las letras CCT colocadas en orden consecutivo descendente y con un punto sobre cada una (haciendo alusión en su diseño a la familia colombiana), siendo la primera de color amarillo, la segunda de color azul y la tercera de color rojo, de esta última sale una línea horizontal roja sobre la cual aparece escrito “Club Colombia de Tampa, Inc.”

 

 

ARTICULO 4

 

FECHAS CONMEMORATIVAS: El Club Colombia de Tampa, Inc., cuenta en su calendario con tres fechas conmemorativas y especiales que son:

 

A.     29 de Noviembre, fecha de la realización de la Primera Asamblea de Socios el Club, con la cual se dio origen y forma a su fundación en la ciudad de Tampa.

 

B.    20 de Julio, día consagrado a la celebración de la Independencia de la Republica de Colombia.

 

C.    4 de Julio, fecha de la Independencia de los Estados Unidos de América.

 

 

ARTICULO 5

 

NATURALEZA: El Club Colombia de Tampa, Inc., es una organización sin ánimo de lucro, de carácter social y cultural, integrado por un conjunto de personas dispuestas a mantenerse unidas bajo los mismos ideales y propósitos, alejadas de controversias ideológicas, religiosas, regionalistas y de cualquier otro prejuicio social o político.

 

 

CAPITULO II

 

 

DE LOS SOCIOS - AFILIACIONES Y CUOTAS - REQUISITOS - DEBERES - RETIROS

 

 

ARTICULO 1

 

DE LOS SOCIOS: El Club Colombia de Tampa, Inc., esta conformado por cuatro (4) tipos de socios, clasificados de la siguiente manera: SOCIO FUNDADOR, SOCIO ACTIVO, SOCIO HONORARIO Y SOCIO JUVENIL.

 

A.     SOCIO FUNDADOR: Es socio fundador del Club Colombia de Tampa, Inc., la persona que se asocio a partir de la Primera Asamblea del Club, llevada a cabo en la ciudad de Tampa el día 29 de Noviembre de 1981, hasta el día 31 del mes de Enero de 1982, mes en que fueron aprobados los estatutos de la organización.

 

B.    SOCIO ACTIVO: Es socio activo del Club Colombia de Tampa, Inc., todo aquel que siendo mayor de 18 años de edad y residente en el área haya presentado solicitud formal de ingreso y haya sido aprobado por la Junta Directiva.

 

C.    SOCIO HONORARIO: Puede ser socio honorario del Club Colombia de Tampa, Inc., toda persona o entidad jurídica, pública y/o privada, que se distinga por su ayuda y apoyo a las actividades del Club o a los colombianos del área. También pueden ser socios honorarios del Club, los representantes oficiales del gobierno colombiano en el área, así como también cualquier representante legal del gobierno estatal o municipal del área. Todo socio honorario deberá ser presentado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

 

D.    SOCIO JUVENIL: Aquella persona menor de 18 años, cuyos padres no sean miembros del club, que desee participar en las actividades del Club.

 

 

ARTICULO 2

 

AFILIACION Y CUOTAS: El Club Colombia de Tampa, Inc., tiene tres (3) clases de afiliados: Individual, juvenil y familiar y tiene tres (3) tipos de cuotas las cuales no son reembolsables. Una cuota de afiliación que se cancela en el momento de entrega del formulario de admisión al Club; una cuota anual de mantenimiento que debe ser cancelada antes del 31 de Marzo del año en curso y una cuota extraordinaria la cual será solicitada por la Junta Directiva en caso de alguna emergencia y que debe ser cancelada a mas tardar 30 días después de recibir el aviso. Los montos de estas cuotas serán acordados en Asamblea General.

 

A.     AFILIACION INDIVIDUAL: Puede ser afiliado o Socio del Club Colombia de Tampa, Inc., en forma individual, toda persona mayor de 18 años de edad, que sea económicamente independiente.

 

B.    AFILIACION FAMILIAR: Familia compuesta por padres y sus hijos solteros y/o completamente dependientes (menores de edad, estudiantes de tiempo completo o minusválidos)

 

C.    AFILIACION JUVENIL: Menores de 18 años cuyos padres no sean miembros del Club.

 

 

ARTICULO 3

 

REQUISITOS: Son requisitos de todo Socio del Club Colombia de Tampa, Inc., para su ingreso y permanencia en la institución:

 

A.     Contar con carácter y moral intachable.

 

B.    No tener antecedentes penales o problemas previos con las autoridades que imparten y hacen cumplir las leyes.

 

C.    Haber llenado debidamente el formulario de admisión al Club, ser recomendado por dos Socios Activos y haber sido aprobado sin objeciones por la Junta Directiva.

 

D.    Haber cancelado la cuota de afiliación al momento de entregar diligenciado el formulario de admisión al Club.

 

E.     Cualquier persona o familia que haya pertenecido a esta organización y quiera re-integrarse debe llenar solicitud de re-admisión, pagar la cuota anual y cumplir con lo dispuesto en los numerales A y B de éste artículo.

 

 

ARTICULO 4

 

DEBERES: Son deberes de los Socios del Club Colombia de Tampa, Inc., los que a continuación se enumeran:

 

A.     Conocer, aceptar y respetar lo dispuesto en los estatutos de la institución.

 

B.    Asistir a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias que se convoquen y a las actividades programadas por el Club.

 

C.    Brindar decidida y desinteresada colaboración a los miembros de la Junta Directiva y a los diferentes comités que tenga el Club.

 

D.    Propagar entre la comunidad, amistades y familiares los postulados y propósitos del Club.

 

 

ARTICULO 5

 

RETIROS: El Club Colombia de Tampa, Inc., establece para sus miembros un tipo de retiro: Para no perder su antigüedad en el Club, el socio que así lo desee puede solicitar un retiro temporal del Club; para ello debe enviar una carta firmada haciendo esta solicitud. En la carta debe explicar en forma clara y concisa el tiempo que se desea estar marginado de la organización. La Junta Directiva debe estudiar y dar tramite a esta solicitud en forma pronta. Un socio en retiro temporal, esta exento del pago de cuota anual de sostenimiento. Para el reintegro del socio, la Junta Directiva también debe estudiar y aprobar esta acción.

 

 

CAPITULO III

 

 

JUNTA DIRECTIVA - COMPOSICION - FUNCIONES

 

 

ARTICULO 1

 

JUNTA DIRECTIVA: El Club Colombia de Tampa, Inc., cuenta con una Junta Directiva que representar a la organización y que debe hacer cumplir las decisiones tomadas y aprobadas por los socios cuando estos se reúnen en Asamblea, ya sea Ordinaria o Extraordinaria.

 

La Junta Directiva toma posesión el mes de Enero siguiente al mes de su elección, en acto publico o privado de acuerdo a la decisión tomada por los nuevos miembros de esa Junta, en armonía con los miembros de la Junta Saliente.

 

Ningún miembro de la Junta Directiva del Club Colombia de Tampa, Inc., puede ser elegido por más de dos periodos consecutivos en el mismo cargo.

 

 

ARTICULO 2

 

COMPOSICION DE LA JUNTA DIRECTIVA: La Junta Directiva del Club Colombia de Tampa, Inc., esta conformada de la siguiente manera:

 

Presidente.

Vicepresidente.

Secretario.

Tesorero.

Fiscal.

Vocales (4).

 

 

ARTICULO 3

 

FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA: Son funciones de la Junta Directiva del Club Colombia de Tampa, Inc., las que a continuación se enumeran:

 

A.     Representar al Club en toda clase de actividades públicas o privadas en donde sea invitado el Club.

 

B.    Reunirse por lo menos una vez cada mes, con el fin de tramitar y dar curso a los asuntos y actividades del Club.

 

C.    Estudiar y aprobar o negar las solicitudes de admisión para nuevos miembros.

 

D.    Estudiar y aprobar o negar los retiros voluntarios y las re-admisiones.

 

E.     Estudiar y aprobar o rechazar las solicitudes para miembros Honorarios. Esta determinación de la Junta Directiva debe ser puesta a consideración y decisión de la Asamblea General de Socios.

 

F.     Llevar en forma clara, precisa y fácil de entender todas las actividades contables del Club. Los libros de contabilidad deben estar siempre a disposición del o los socios que lo soliciten.

 

G.    Aprobar o negar contratos o gastos que sean traídos a su consideración.

 

H.    Convocar a Asamblea General de Socios, Ordinaria y/o Extraordinaria por lo menos dos veces en el año, para así mantener informados a los socios de las actividades del Club.

 

 

ARTICULO 4

 

MIEMBROS: Cada uno de los miembros de la Junta Directiva tiene derecho a voz y voto en las decisiones que ésta tome y tiene las funciones que a continuación se enumeran:

 

A.     EL PRESIDENTE:

 

1.      Representar legalmente al Club.

2.      Presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva.

3.      Informar mensualmente a la Junta Directiva y semestralmente a la Asamblea General de Socios, de las actividades desarrolladas y de los proyectos del Club.

4.      Hacer cumplir los estatutos y reglamentos del Club.

5.      Nombrar comités y a sus directores, cuando fuese necesario.

6.      Ser una de las dos (2) firmas adicionales, autorizadas para las transacciones que se requieren para la buena marcha del Club.

7.      Convocar anualmente a por lo menos dos Asambleas Generales de Socios.

8.      Todas las otras funciones y deberes inherentes al cargo y que no aparecen enumeradas aquí.

 

B.    EL VICEPRESIDENTE:

 

1.      Remplazar al Presidente en su ausencia.

 

C.    EL SECRETARIO:

 

1.      Mantener en orden toda la correspondencia y papeles relacionados con el funcionamiento diario del Club.

2.      Llevar al día la relación de los socios del Club, así como los datos personales actualizados de cada uno de ellos.

3.      Comprobar el quórum respectivo tanto en las reuniones de la Junta Directiva, como de las Asambleas que se efectúen durante el año.

4.      Elaborar las actas de las reuniones tanto de Junta Directiva como de las Asambleas efectuadas por el Club. Estas actas deben ser presentadas a la Junta Directiva o a la Asamblea General para su corrección y aprobación respectiva.

5.      Contestar toda la correspondencia que llegue al Club.

6.      Ser una de las dos (2) firmas adicionales, autorizadas para las transacciones que se requieren para la buena marcha del Club.

7.      Mandar un paquete de bienvenida al nuevo socio (carta de aceptación, estatutos, lista de socios y calendario de actividades).

 

D.    EL TESORERO:

 

1.      Recaudar las cuotas de afiliación, las ordinarias y las extraordinarias que se aprueben, para lo cual debe enviar notificación escrita a todos y cada uno de los socios activos el Club. (El tesorero debe enviar hasta tres notificaciones a los socios que no hayan pagado su cuota).

2.      Mantener una cuenta corriente con los fondos del Club y cancelar todas las obligaciones monetarias que hayan resultado de las diferentes actividades del Club.

3.      Firmar todos los cheques de pago que el Club tenga que hacer teniendo en cuenta que los cheques mayores de $300.00 también deben ser firmados por otra de las personas autorizadas para ello, previa aprobación de la Junta Directiva.

4.      Elaborar un informe mensual a la Junta Directiva, el cual debe ser previamente aprobado por el Fiscal del Club.

5.      Presentar en cada Asamblea General el balance detallado (incluyendo un reporte individual de cada una de las actividades realizadas durante ese período), de las finanzas del Club, para su discusión y aprobación.

6.      Nombrar a un socio activo que tenga más de un año de antigüedad en el Club como su ayudante o asistente, previa aprobación de la Junta Directiva.

7.      Llevar una caja menor de $75.00 para gastos varios.  Mantener estricta relación y comprobantes de gastos.

8.      Entregar al secretario copia de sus actividades para los archivos del club.

 

E.     EL FISCAL:

 

1.      Rendir informe semestral de sus actividades a los socios del Club, reunidos en Asamblea General y rendir informes a la Junta Directiva cuando esta se lo solicite.

2.      Revisar y aprobar las transacciones y pagos que deba hacer la Junta Directiva o la Asamblea General,  para lo cual debe tener libre acceso a todos los libros y cuentas del Club. rubricar con su firma y visto bueno, las actividades contables del Club y su Junta Directiva.

3.      Velar por el fiel cumplimiento de los estatutos del Club, así como los reglamentos de funcionamiento de la Junta Directiva.

4.      Vigilar por que haya disciplina y buen comportamiento entre los socios, en todas las funciones y actividades en que participe el Club como entidad.

 

F.     LOS VOCALES:

 

1.      Reemplazar interinamente al Secretario cuando este no se encuentre presente en la Junta Directiva o Asamblea.

2.      Promover el Club Colombia por los medios de comunicación.

3.      Dirigir los diferentes comités asignados por la presidencia.

4.      Ejercer las demás funciones que le sean asignadas por la Junta Directiva.

 

 

ARTÍCULO 5

 

RETIROS TEMPORALES O PERMANENTES DE LA JUNTA DIRECTIVA: Cualquier miembro de la Junta Directiva del Club Colombia de Tampa, Inc., puede retirarse temporal o definitivamente de su cargo, informando de esto y las razones para hacerlo a los otros miembros de dicha Junta Directiva, por medio de comunicación escrita y firmada por él mismo.

 

La Junta Directiva después de leer, discutir y aceptar dicha solicitud de retiro, debe reemplazar al miembro saliente con uno de los vocales (con excepción del Presidente quien será reemplazado por el Vicepresidente), hasta la próxima Asamblea General, donde se someterá a una nueva elección la plaza vacante. La persona elegida ejercerá este cargo hasta el final del período.

 

Cualquier miembro de la Junta Directiva que este ausente por más de tres reuniones consecutivas o más de seis en un año es destituido automáticamente de su cargo y la posición vacante es reemplazada de la misma manera que en el parágrafo anterior.

 

 

ARTÍCULO 6

 

SEGURO DE FIANZA: En el momento que la Asamblea General de Socios así lo determine, el Presidente, el Secretario y el Tesorero del Club Colombia de Tampa, Inc., para protección del tesoro y propiedades del Club, deben obtener un Seguro de Fianza (Buena Fe). La cantidad asegurada depende de la decisión tomada al respecto por esa Asamblea General de Socios. Dado el caso éste seguro se debe pagar con los fondos generales del Club.

 

 

CAPITULO IV

 

 

DE LAS REUNIONES - ASAMBLEAS - COMITES

 

 

ARTICULO 1

 

DE LAS REUNIONES: La Junta Directiva del Club Colombia de Tampa, Inc., debe reunirse en forma ordinaria, una vez cada mes, en el día de la semana escogido por dichos integrantes de la Junta Directiva.

 

El presidente de La Junta Directiva puede convocar a reuniones extraordinarias de la misma, si así lo requieren las circunstancias.

 

Los socios del Club Colombia de Tampa, Inc., pueden asistir a las reuniones de la Junta Directiva, siempre y cuando lo anuncien por anticipado; tienen voz en las deliberaciones, pero no voto.

 

El quórum para sesionar y deliberar lo conforman la mitad más uno de los miembros de la Junta Directiva. Las decisiones deben ser aprobadas por la mayoría de los Miembros de la Junta asistentes a esa reunión.

 

 

ARTICULO 2

 

DE LAS ASAMBLEAS: Las Asambleas del Club Colombia de Tampa, Inc., son de dos (2) clases, Ordinarias y Extraordinarias.

 

A.     ASAMBLEA ORDINARIA: El Club Colombia de Tampa, Inc., a través de su Junta Directiva convoca a Asamblea General Ordinaria por lo menos dos veces al año, durante los meses de Mayo y Diciembre, con el fin de informar a los socios de las actividades y proyectos del Club y también para elegir nueva Junta Directiva, cuando sea el periodo para esto.

 

1.      La Asamblea General Ordinaria, se efectúa dos veces al año, se notifica de esto a los socios con por lo menos un mes de anticipación y se les hace llegar al mismo tiempo de la convocatoria, el temario a discutir.

2.      El quórum lo conforma el treinta por ciento (30%) de los socios activos del Club y las decisiones deben ser aprobadas por la mitad más uno de los socios activos asistentes a dicha Asamblea.

3.      la Asamblea General de Socios es presidida por el Presidente de la Junta Directiva y es Secretario la persona que está ejerciendo dicho cargo en la misma Junta Directiva.

4.      La Asamblea General de Socios discute y aprueba las minutas de las reuniones anteriores, para que estas tengan validez jurídica y fuerza legal de acuerdo con los estatutos y leyes del Estado de la Florida.

 

B.    ASAMBLEA EXTRAORDINARIA: La Asamblea Extraordinaria de Socios del Club Colombia de Tampa, Inc., puede ser convocada por decisión de la Junta Directiva cuando esta lo considere pertinente para tratar asuntos de suma urgencia, que vayan en beneficio de la buena y armoniosa marcha de la organización. También una asamblea Extraordinaria de Socios puede ser convocada a petición de los Socios, cuando por lo menos diez (10) de estos, han firmado una solicitud al respecto y hecho llegar esta a la Junta Directiva del Club, siempre y cuando se compruebe que hay razón suficiente para esta convocatoria.

 

1.      Una Asamblea General Extraordinaria puede sesionar y deliberar así como decidir un tema, si cuenta con la presencia del treinta por ciento (30%) de los Socios Activos del Club, incluyendo a todos los socios firmantes de la convocatoria.

2.      La Junta Directiva debe convocar y notificar a los Socios Activos del Club para que asistan a la Asamblea Extraordinaria, por lo menos con diez (10) días de anticipación, informando a la vez el temario a tratar.

3.      Durante una Asamblea Extraordinaria, no se pueden tratar otros temas que los notificados de antemano a los Socios.

4.      El Presidente y el Secretario de la Junta Directiva del Club Colombia de Tampa, Inc.,  son los encargados de presidir y tomar nota de la Asamblea Extraordinaria de Socios, comprobar su quórum y ver que la reunión se efectúe de acuerdo a los temas notificados en la convocatoria.

 

 

ARTICULO 3

 

DE LOS COMITES Y SUS ACTIVIDADES: El Club Colombia de Tampa, Inc., para llevar a cabo sus actividades en la mejor forma posible y siempre para beneficio de sus asociados, puede contar con tantos comités como la Junta Directiva crea necesarios y para ello puede hacer los nombramientos que se requieran.

 

El Club Colombia de Tampa, Inc., debe contar con la firme y decidida cooperación de todos sus socios para el buen funcionamiento de estos comités.

 

El Club cuenta con los siguientes comités fijos para una mejor labor y desarrollo de las actividades y proyectos:

 

A.     COMITE SOCIO-CULTURAL:

 

1.      Este comité esta conformado por dos miembros de la Junta Directiva (y dirigido por uno de ellos) y tres o cuatro socios activos que deseen trabajar en este comité.

2.      Es la función principal de este Comité, organizar actividades tales como fiestas conmemorativas del Club, eventos benéficos y culturales en los cuales el Club estime necesario participar ya sea por invitación o iniciativa propia. Sus actividades deben ser presentadas a la Junta Directiva por el Director del Comité.

3.      La Junta Directiva puede hacer las recomendaciones y decisiones necesarias para llevar a cabo estas actividades sin que para ello necesite autorización previa de la Asamblea General.

 

B.    COMITE DEPORTIVO:

 

1.      Este comité esta conformado por un miembro de la Junta Directiva (quien lo dirige) y dos o tres miembros activos que deseen trabajar en este comité.

 

2.      Es el encargado de desarrollar los diferentes deportes. Sus actividades deben ser presentadas a la Junta Directiva por el Director del Comité.

 

C.    COMITE DE PUBLICIDAD:

 

1.      Este Comité debe ser dirigido por el Presidente o el Vicepresidente del Club y cuenta con tantos miembros como sea necesario para que cumpla con sus postulados y responsabilidades a cabalidad.

2.      Es el encargado de promover y publicitar tanto las reuniones como las actividades organizadas por del Club; de igual manera es el encargado de dar a conocer la historia, el folklore, las costumbres y la cultura de Colombia. También debe propender por la defensa y uso del idioma Español.

3.      para llevar a cabo sus objetivos, este comité puede crear, producir y distribuir material tanto escrito como grabado o puede también tener o crear un espacio radial, que debe contar con el apoyo desinteresado de todos los socios, para que difunda cosas positivas e importantes tanto del Club como de Colombia.

4.      El nombre del órgano informativo impreso del Club Colombia de Tampa, Inc., es “LA RUANA”, como homenaje a esa prenda de vestir que es sinónimo de Colombia, sus gentes, sus costumbres y su ancestro nativo.

 

D.    COMITE DE FINANZAS:

 

1.      Está conformado por cuatro socios, dos de los cuales deben pertenecer a la Junta Directiva del Club y dos socios activos con conocimientos en materia de finanzas y experiencia en organizar eventos para aumentar las finanzas del Club.

2.      Es dirigido por el Tesorero del Club.

3.      Debe elaborar cada año un proyecto de presupuesto de gastos de acuerdo a las posibilidades reales de que el club pueda cumplir con lo allí planeado, y siempre que se mantenga un balance positivo en los recursos económicos del Club.

 

E.     COMITE DE MEMBRESIA: